COLEGIO SUMAPAZ HISTORIA

COLEGIO SUMAPAZ HISTORIA
Colegio Sumapaz, el Colegio más Grande del Tolima.

martes, 12 de febrero de 2019

FEBRERO 12 DE 2018 COLEGIO SUMAPAZ MELGAR TOLIMA

NRO.:                                      RAFIL-1030-1202-2019-IETS.

INSTITUCIÓN:        www.sumapaz.com
SEDE:                       PRINCIPAL CAMPESTRE
JORNADA:               MAÑANA.
LUGAR:                    AULA DOCENTE ESP. ARCESIO QUINTERO ESP.
HORA:                      DIEZ Y TREINTA (10:30 A.M.). DE LA MAÑANA.                 
FECHA:                    DOCE (12) DE FEBRERO  DE DOS MIL DIECINUEVE (2019).  
CIUDAD:                 MELGAR.
DEPARTAMENTO: TOLIMA.

Orden del Día:

1)- Saludo.
2)- Oración por la Paz.
3)- Puesta en escena la matriz curricular FILOSOFÍA año 2019.
4)- Relación de integrantes del ÁREA DE FILOSOFÍA 2019.
5)- Varios.

DESARROLLO

1) Saludo a cargo de la Esp. Gloria Lucero González, quien desea a todos en este nuevo año lectivo dos mil diecinueve (2019) muy buenos resultados académicos y éxitos en las actividades diarias del quehacer educativo en general, y en particular, en el ÁREA DE FILOSOFÍA, la obtención de los mejores frutos en el ejercicio académico.

2) Oración por la Paz. Todos imploraron por la paz de Colombia y del mundo.

3) Puesta escena de la matriz curricular de FILOSOFÍA año 2019. Fue puesta en discusión el programa de Filosofía actual. La cual sólo presente observaciones por el Docente Esp. Arcesio Quintero, el cual, reitera que el vector de desarrollo de la matriz debe ser el siguiente: GRADO OCTAVO (8o.) FILOSOFÍA ANTIGUA Y MEDIEVAL, GRADO NOVENO (9o.) FILOSOFÍA MODERNA, GRADO DÉCIMO (10o.) FILOSOFÍA CONTEMPORÁNEA Y GRADO ONCE (11) RECAPITULACIÓN DE TODA LA FILOSOFÍA OCCIDENTAL Y ADICIONAL EL ESTUDIO DE LA FILOSOFÍA LATONOAMERICANA Y LA FILOSOFÍA ORIENTAL.

5) En varios, se recordó por parte de la Presidente del Área de Filosofía Esp. Gloria Lucero González, que esta área es una área fundamental y obligatoria conforme lo expresa el artículo 31 de la Ley General 115 de la Educación del año 1994, en su artículo 31: "ARTICULO 31. Áreas fundamentales de la educación media académica. Para el logro de los objetivos de la educación media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la educación básica en un nivel más avanzado, además de las ciencias económicas, políticas y la filosofía". Ahora, considerando que ni las cortes, ni tribunal, ni juez alguno ha declarado inexequible el mencionado artículo 31 de la referente ley, se entiende que es de obligatorio cumplimiento para los Colegios en Colombia, y no podrá la rama jurisdiccional suplantar al legislador en dichas materias, excepto que el legislador estuviere quebrantando algún precepto de derecho o constitucional.  En cambio sí acepta la ley de la educación que la Filosofía debe ser una área de mayor profundidad.

Se levanta la sesión, siendo las diez y treinta (10:30) del mismo día y fecha de la presente y se convoca para la próxima fecha coincidente con el horario diez (10) en el segundo bloque cuando de manera ordinaria el área deberá volverse a reunir, excepto que en forma extraordinaria fuere convocada por el señor Rector Esp. Ricardo Elías o su Delegado por él disignado,  quienes tienen plena potestad para hacerlo.

Conste:

GLORIA LUCERO  GONZÁLEZ, ARCESIO QUINTERO, ARNULFO LÓPEZ BARRERO. NO ASISTIÓ EL DELEGADO DE LA SEDE 17 DE ENERO DONDE TAMBIÉN SE DICTA FILOSOFÍA.